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Pareja de Hecho en Bizkaia: Qué es, cómo constituirla y cómo deshacerla

Pareja de hecho en Bizkaia

Tabla de contenido

En la actualidad, las parejas de hecho se han convertido en una alternativa legal a la institución del matrimonio. Esta modalidad de convivencia es una opción cada vez más elegida por muchas personas que desean vivir juntas sin necesidad de formalizar un matrimonio civil. En este artículo, te explicamos qué es una pareja de hecho en Bizkaia, cómo constituirla y cómo proceder para disolverla en caso de ruptura.

¿Qué es una Pareja de Hecho?

La pareja de hecho es una unión estable entre dos personas, independientemente de su sexo, que conviven de manera similar a un matrimonio, pero sin haber formalizado una ceremonia civil o religiosa. En Bizkaia, esta figura jurídica tiene reconocimiento y efectos legales, pero no todos los derechos y deberes que implica el matrimonio.

En términos legales, se entiende como una relación afectiva, estable y duradera entre dos personas que conviven juntas de manera pública y notoria, con la intención de formar un hogar común. A pesar de no tener el mismo estatus que el matrimonio, las parejas de hecho gozan de algunos derechos, como los beneficios fiscales, la pensión de viudedad y el acceso a ciertos derechos laborales.

¿Cómo Constituir una Pareja de Hecho en Bizkaia?

Para constituir una pareja de hecho en Bizkaia, no es necesario celebrar una ceremonia formal, pero sí cumplir con ciertos requisitos y registrar la unión en el Registro de Parejas de Hecho de la Diputación Foral de Bizkaia.

Requisitos para constituirla:

  1. Conviven de manera estable y continuada: No hay un tiempo mínimo establecido, pero es necesario que ambos miembros de la pareja residan juntos durante un tiempo que demuestre la estabilidad de la relación.
  2. No estar casados ni ser pareja de hecho con otra persona: Es un requisito fundamental que ambos miembros no estén casados ni registrados como pareja de hecho con otra persona.
  3. Edad mínima: Los dos miembros de la pareja deben ser mayores de edad (18 años).
  4. Capacidad de obrar: Ambos miembros deben ser plenamente capaces de tomar decisiones legales por sí mismos.

Procedimiento para registrar la pareja de hecho:

  1. Reunir la documentación necesaria: Para registrar la pareja de hecho, ambos miembros deben presentar documentación que acredite su identidad (DNI o NIE) y su residencia, entre otros documentos. En algunos casos, también será necesario presentar una declaración jurada sobre la convivencia.
  2. Solicitar el registro: Se debe acudir al Registro de Parejas de Hecho de la Diputación Foral de Bizkaia, cumplimentando la solicitud correspondiente.
  3. Formalización en el registro: Una vez presentada la documentación, el Registro procederá a inscribir la pareja, lo que otorgará efectos legales a la unión, con los derechos y obligaciones derivadas de ella.

¿Cómo Deshacer una Pareja de Hecho?

Al igual que se constituye una pareja de hecho, también se puede disolver en cualquier momento, siempre que ambas partes lo deseen o si existe alguna razón válida para la ruptura. La disolución de la pareja de hecho tiene efectos jurídicos similares a los del divorcio en un matrimonio, aunque no se realiza ante un tribunal.

Procedimiento para disolver la pareja de hecho:

  1. Comunicarse de forma clara: La disolución comienza con la voluntad expresa de ambas partes de terminar la relación de convivencia. En caso de que una de las partes no esté de acuerdo, se pueden presentar situaciones más complejas que requerirán asesoramiento legal.
  2. Notificación en el registro: La disolución de la pareja de hecho debe ser notificada al Registro de Parejas de Hecho. Al igual que al constituirla, se debe presentar una solicitud formal de disolución, junto con la documentación necesaria, como el DNI de ambos miembros.
  3. Acuerdo sobre los bienes y las pensiones: En caso de que haya bienes comunes o se tengan derechos sobre pensiones, es recomendable que las partes lleguen a un acuerdo previo para evitar conflictos. Si no hay acuerdo, se puede recurrir a mediación o incluso a un proceso judicial.
  4. Efectos de la disolución: La disolución de la pareja de hecho extingue todos los efectos legales derivados de la misma, como los derechos fiscales y de pensión. Sin embargo, si existen hijos en común, la custodia y manutención de los mismos deberán acordarse de forma similar a como se haría en una separación matrimonial.

Diferencias entre Pareja de Hecho y Matrimonio

Es importante entender las diferencias entre una pareja de hecho y un matrimonio. Aunque ambas uniones tienen efectos legales, el matrimonio ofrece un marco de derechos y obligaciones más amplio y riguroso. Por ejemplo, los matrimonios tienen una mayor protección en términos de herencia, pensiones y régimen económico. Las parejas de hecho, en cambio, pueden carecer de estos derechos si no están registradas debidamente.

Además, en caso de disolución de una pareja de hecho, el proceso suele ser más sencillo que el divorcio, aunque siempre dependerá de los acuerdos alcanzados entre las partes.

Conclusión

La figura de la pareja de hecho en Bizkaia es una opción legal que ofrece una alternativa al matrimonio para aquellas personas que deciden convivir de forma estable. Aunque tiene ciertos derechos y obligaciones, las diferencias con el matrimonio son notables, especialmente en lo que respecta a la herencia y los bienes comunes. Para constituir una pareja de hecho, es fundamental cumplir con los requisitos legales y formalizarla en el Registro de Parejas de Hecho de la Diputación Foral de Bizkaia. En caso de ruptura, la disolución es un proceso relativamente sencillo, pero siempre es recomendable contar con asesoramiento legal para garantizar que se respeten los derechos de ambas partes.

Si necesitas más información o asesoría legal sobre cómo constituir o disolver una pareja de hecho, no dudes en ponerte en contacto con nosotras.

 

Cómo inscribirse en el Registro de Parejas de Hecho de Bizkaia: 5 pasos

El Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Decreto 124/2004) tiene sede en Bizkaia y es el que produce efectos plenos en derecho foral vasco. Estos son los cinco pasos para constituir la pareja correctamente.

  1. Comprobar requisitos. Mayoría de edad o emancipación, capacidad para consentir, no estar casado ni inscrito en otra pareja de hecho, no ser parientes en línea recta o colaterales hasta segundo grado, y empadronamiento en algún municipio del País Vasco.
  2. Reunir documentación. DNI/NIE de ambos miembros, certificado de empadronamiento (uno de los dos, mínimo un año), certificado literal de nacimiento, declaración jurada de no parentesco y de no estar casado o en otra pareja de hecho, y dos testigos mayores de edad si se opta por modalidad con declaración.
  3. Presentar la solicitud. Se entrega en cualquier oficina de Zuzenean o en la Oficina del Registro (Bilbao, Gasteiz o Donostia). También por sede electrónica del Gobierno Vasco con certificado digital.
  4. Resolución y notificación. El Registro examina la documentación y, si es correcta, dicta resolución de inscripción en plazo aproximado de uno a tres meses. La inscripción surte efectos desde la fecha que figura en la resolución.
  5. Pactos y capítulos (opcional). Pareja inscrita puede otorgar capitulaciones ante notario para fijar régimen económico (separación de bienes, comunicación foral si procede), pacto de convivencia, atribución de uso de vivienda en caso de ruptura y pactos sucesorios.

Solo la inscripción en el Registro autonómico vasco da acceso al estatuto completo de pareja de hecho en Bizkaia. Los registros municipales (cada ayuntamiento tiene el suyo) sirven para algunos beneficios locales, pero no para los efectos sucesorios y forales.

Derechos sucesorios y fiscales de las parejas de hecho en Bizkaia

Aquí está la diferencia más relevante respecto al resto del Estado. La Ley 2/2003 de Parejas de Hecho del País Vasco y, sobre todo, la Ley 5/2015 de Derecho Civil Vasco equiparan a la pareja de hecho registrada con el matrimonio en muchos derechos sucesorios y fiscales que en derecho común no existen.

Derechos sucesorios de la pareja de hecho registrada en Bizkaia

  • Legítima del cónyuge viudo aplicada a la pareja superviviente: la Ley 5/2015 reconoce a la pareja de hecho registrada el mismo derecho de usufructo legitimario que el cónyuge viudo (art. 52). En tierra llana es el usufructo de la mitad de los bienes; en territorio aforado, otras proporciones.
  • Sucesión intestada: si la persona fallecida no deja testamento, la pareja de hecho registrada hereda con preferencia o concurrencia según haya descendientes, ascendientes o no, igual que el cónyuge.
  • Pactos sucesorios: la pareja registrada puede otorgar pactos sucesorios entre sí (transmisión en vida, designación de sucesor, renuncia), figura propia del derecho foral vasco que en el régimen común está prohibida.
  • Atribución de la vivienda habitual: derecho de habitación vitalicio sobre la vivienda habitual cuando se cumplen los requisitos legales.

Fiscalidad: ISD y IRPF en Bizkaia

  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (Norma Foral 4/2015 de Bizkaia): la pareja de hecho registrada tributa como Grupo I (cónyuge), con la bonificación del 100 % en la base imponible más reducida y los tipos más bajos. La diferencia frente a una pareja sin registrar (Grupo IV, sin bonificaciones) suele ser de decenas de miles de euros en una herencia mediana.
  • IRPF: la pareja de hecho registrada en Bizkaia puede optar por tributación conjunta en la declaración de renta, igual que los matrimonios. En tributación individual, las imputaciones por bienes comunes se reparten al 50 %.
  • Pensión de viudedad: la pareja de hecho da derecho a pensión de viudedad si se cumplen los requisitos del INSS (registro mínimo dos años antes del fallecimiento y convivencia acreditada cinco años).

Pareja de hecho vs matrimonio en Bizkaia: diferencias prácticas

Aspecto Pareja de hecho registrada (CAPV) Matrimonio
ConstituciónInscripción en el Registro autonómico, sin ceremonia.Ceremonia civil o religiosa con efectos civiles.
DisoluciónBaja en el Registro a instancia de uno o ambos. Sin proceso judicial.Procedimiento de divorcio o nulidad ante el juzgado.
Régimen económicoPor defecto, separación de bienes, salvo pacto en contrario.Por defecto, gananciales (territorio común) o comunicación foral (en aforados sin pacto).
SucesiónEquiparada al cónyuge en derecho foral vasco.Cónyuge: legítima y derechos sucesorios plenos.
Fiscalidad ISDGrupo I (Bizkaia), bonificación 100 %.Grupo I, mismas bonificaciones.
IRPF conjuntoSí, opción de tributación conjunta.Sí.
Pensión viudedadSí, con requisitos (registro previo y convivencia).Sí.
Pensión compensatoria tras rupturaSolo si se pactó por escrito o existe desequilibrio acreditado vía civil.Sí (art. 97 CC), si hay desequilibrio.
Reagrupación familiar (extranjería)Aceptada con el certificado del Registro autonómico.Vía estándar.

Si vives en Bizkaia y estás valorando registrar tu pareja, el factor decisivo en la mayoría de los casos no es el día a día (pocas diferencias prácticas), sino lo que ocurre en una herencia y en la fiscalidad de esa herencia. Sin registro, una pareja conviviente sin más tributa como un extraño a efectos del Impuesto de Sucesiones de Bizkaia.

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